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Lo que ayer aprobó el Consejo de Ministros

Emilio Ruiz

Está siendo una práctica habitual en el Gobierno español anunciar una serie de decisiones que después, cuando éstas aparecen publicadas en el Boletín Oficial del Estado, difieren mucho de las anunciadas. Pasó en su día con la reforma laboral, pasó con la amnistía fiscal y ha pasado ahora con las medidas de ajuste anunciadas por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en su  intervención en el Congreso de los Diputados, y por la propia vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, tras su comparecencia ante los medios de comunicación para dar cuenta de los acuerdos del Consejo de Ministros. Para tener una idea fehaciente de los que ayer se aprobó, vamos a hacer un pequeño recorrido por las principales medidas adoptadas:

Desaparecen las pensiones indemnizatorias:
Las pensiones indemnizatorias, prestaciones compensatorias y cualquier otra percepción económica prevista con ocasión del cese en cualquier cargo, puesto o actividad en el sector público son incompatibles con cualquier retribución pública o privada.

Sin paga extraordinaria de Navidad:
En el año 2012 el personal del sector público verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria.

Incapacidad temporal de los funcionarios:
Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias comunes, durante los tres primeros días, se podrá reconocer un complemento retributivo hasta alcanzar como máximo el cincuenta por ciento de las retribuciones que se vengan percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad. Desde el día cuarto hasta el vigésimo, ambos inclusive, el complemento que se pueda sumar a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social deberá ser tal que, en ningún caso, sumadas ambas cantidades, se supere el setenta y cinco por ciento de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad . A partir del día vigésimo primero y hasta el nonagésimo, ambos inclusive, podrá reconocerse la totalidad de las retribuciones básicas.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
Los productos que ahora llevan repercutido un tipo de IVA del 18 %, a partir del día 1 de septiembre soportarán el 21 %, y los del 8 % pasarán al 10 %. Esto fue lo que nos contó Rajoy, pero, en cambio, no nos contó que la mayoría de productos que hasta ahora soportaban el IVA reducido del 8 % pasarán al tipo general del 21 %. Quedan en el tipo reducido solamente los servicios referidos al  turismo, el transporte, la cesta de la compra y los aparatos que sirvan para suplir deficiencias físicas como las gafas graduadas y las lentillas. A modo de ejemplo, pasan del 8 % al 21 % las flores y plantas ornamentales, los servicios mixtos de hotelería, las entradas a teatros, circos y espectáculos,  la televisión digital, los servicios funerarios, las cadenas de peluquerías, la compra de obras de arte, los servicios de radiodifusión y los prestados por artistas.

Autónomos:
El recargo de equivalencia sube los tipos. Los tipos del 1 % pasan al 1,4 % y los tipos del 4 % pasan al 5,2 %. Los del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca pasan del 8,5 % al 10, 5% y del 10 % al 12 %.

Retención a profesionales:
Se eleva del 15 % al 19 % la retención por rendimientos de actividades profesionales (abogados, arquitectos, notarios) y el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios, conferencias o participación en tertulias. En la página web de La Moncloa de ayer se decía que esta subida era al 21 %. El BOE indica que es al 19 %.

Alquiler joven:
La Renta Básica de Emancipación pasa de 210 a 147 euros.

Subvención vivienda protegida:
Se mantiene la subvención de préstamos para la adquisición de una VPO para los beneficiarios que tienen reconocida la ayuda, pero ya no entrarán nuevos beneficiarios.

Bonificaciones a la contratación:
Rajoy dijo en su intervención en el Congreso que se suprimirían todas las bonificaciones a la contratación laboral, excepto las del nuevo contrato para emprendedores y las dirigidas a integrar a personas con discapacidad. Finalmente no va a ser así. También se mantienen las ayudas a la contratación de jóvenes, mayores de 45 años parados de larga duración y mujeres, así como las bonificaciones a la contratación de jóvenes que se constituyan como autónomos, de personas que sustituyen a trabajadores en baja por maternidad y de víctimas de violencia de género.

Impuesto sobre Sociedades:
Se limita durante 2012 y 2013 la compensación de bases imponibles negativas para entidades con una cifra de negocios superior a 20 millones y se incrementan los pagos fraccionados, pasando el importe mínimo del 8 % al 12 %.

Desempleo:
A partir del sexto mes de la percepción del desempleo, en vez del 60 % de la base de cotización se percibirá el 50 %. Este recorte no afectará a los actuales desempleados.

Renta Activa de Inserción:
En adelante, para poder percibirla se debe haber agotado tanto la prestación contributiva como el subsidio por desempleo, y no puede haberse rechazado ninguna oferta de trabajo durante un año, ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

Recorte en los ministerios:
Se recortan otros 600 millones de euros de los presupuestos de los ministerios. Fomento es el que se lleva la peor parte (156 millones), seguido de Economía (casi 100 millones menos) y Exteriores (14 millones).

Vacaciones y días libres de los funcionarios:
Los funcionarios tendrán 22 días hábiles de vacaciones y tres días de asuntos propios.

Rebajas:
Se podrán fijar libremente los periodos de rebajas y su duración. También se amplía el número de domingos que los comercios podrán abrir sus puertas y los horarios comerciales.

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