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'Diario de Almería' tiene que indemnizar con 55.000 euros a David Bisbal por intromisión ilegítima en los derechos de su imagen

Sara de Diego
Vanitatis


La empresa editora de 'Diario de Almería' (anteriormente 'Almería Actualidad') tendrá qie indeminzar con 55.000 euros a David Bisbal por intromisión ilegítima en los derechos de su imagen según una sentencia del Supremo que ha dado a conocer Sara de Diego en Vanitatis, el suplemento de la vida rosa de El Confidencial. Reproducimos a continuación el artículo de Sara de Diego:

David Bisbal será indemnizado con 55.000 euros por las empresas de comunicación Federico Joly y Cía. S.A. y Editorial Almeriense de Publicaciones Independientes S.L.U., propietarias del diario Almería Actualidad (hoy, Diario de Almería), por intromisión ilegítima en los derechos de su imagen. Así lo ratifica la sentencia 219/2014 del Tribunal Supremo a la que ha tenido acceso Vanitatis, en la que se manifiesta que el citado diario explotó la imagen del cantante con fines publicitarios sin su consentimiento. Además, la parte demandada tendrá que pagar los intereses legales y hacerse cargo del pago de las costas de un proceso judicial que comenzó hace ya más de seis años.

David Bisbal
El motivo por el que David Bisbal demandó al periódico Almería Actualidad fue que utilizaron su nombre e imagen en el seno de una campaña de publicidad para la promoción de su lanzamiento en noviembre de 2007. Ante esto, el cantante y la empresa Indalo Música, S.L. reclamaron una indemnización de 145.000 euros.

Con fecha de junio de 2009, el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Almería estimó parcialmente la demanda declarando que Joly y Cía y Editorial Almeriense de Publicaciones Independientes habían llevado a cabo una intromisión ilegítima a la propia imagen de David Bisbal por la campaña publicitaria de Almería Actualidad, a quien condenó al pago de 55.000 euros en concepto de indemnización y a eliminar dicha campaña.

Ante esto, la parte demandada interpuso un recurso de apelación que fue desestimado por la Audiencia Provincial, que confirmó la sentencia de primera instancia. Para ello, presentaron una documentación con la que intentó poner en evidencia las relaciones contractuales de David Bisbal con la empresa Indalo Música S.L., asegurando que esta última no podía, de ninguna manera, gestionar el derecho a la imagen del cantante. Frente a esto, la Audiencia legitimó que Indalo Música fue creada por David Bisbal, que es administrador único, para tramitar todos los contratos referidos a su imagen.

Cerrada esta vía, el Grupo Joly continúo recurriendo, esta vez ante el Tribunal Supremo a través de un recurso de casación y otro por infracción procesal. Ambos han sido desestimados.

Señalar que el cantante no demandó a Federico Joly y Cía. S.A. y Editorial Almeriense de Publicaciones Independientes S.L.U. por lucro cesante, es decir, por el dinero que podría haber ganado por esa campaña publicitaria, que hubiera sido mucho mayor a la cantidad que va a recibir finalmente, sino por una intromisión ilegítima y daños morales que serán reparados con 55.000 euros y el pago de las costas procesales por parte del Grupo Joly.

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