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Diferentes sobres de votación crean dudas sobre la validez del voto

Emilio Ruiz

La ley es clara sobre las características de los sobres de votación: “Los sobres se ajustarán a las características y dimensiones establecidas en el Anexo 4 de este decreto…”, dice el punto 2 del artículo 4 del Decreto 344/2011, de 22 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de los locales y elementos materiales a utilizar en las elecciones al Parlamento de Andalucía. Y el dicho anexo explicita que el sobre debe sujetarse a las siguientes especificaciones: “UNE C-6 114 x 162 mm. Color: Verde Pantone 352 de 70 g/m², con fondo interior Tinta una. Engomado en la punta de cierre o a lo largo de toda la solapa”, apareciendo en el mismo la siguiente inscripción: “ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCIA”.
El sobre de arriba es el proporcionado
por PSOE e IU; el de abajo, por el PP
¿Se ajustan todos los sobres proporcionados por los partidos políticos a las exigencias del decreto? Rotundamente, no. Sin entrar en el detalle de la intensidad del color del sobre, sobre el que se puede extraer la conclusión de que el color Verde Pantone 352 tiene diversos matices, lo cual no es cierto, hay un pequeño detalle que es el que más preocupa a los electores: los sobres proporcionados por el Partido Socialista e Izquierda Unida añaden una nueva línea el texto legal: la del año de celebración de las elecciones, 2012. Los proporcionados por el PP se ajustan, en este aspecto, al modelo oficial.

¿Pueden ser considerados nulos los votos introducidos en sobres que no se ajustan a las características del Decreto 344/2011? Pueden serlo. O al menos proporcionan motivos más que suficientes para que las diferentes mesas electorales entren en el debate adoptando decisiones que resultan hoy imprevisibles. La legislación electoral es contundente al respecto: “Es nulo el voto emitido en sobre diferente del modelo oficial o alterado”. Se ajusta al modelo oficial, por lo que respecta al texto, el sobre proporcionado por el PP. Los sobres proporcionados por PSOE e IU añaden una nueva línea, la del año de las elecciones, de dudosa legalidad.

Modelo de sobre oficial
Cuestión distinta a esta polémica es la que puede surgir sobre el derecho al secreto del voto. La diferencia de sobres puede considerarse vulneración del secreto de sufragio. Se puede interpretar que el elector que deposita su voto dentro del sobre proporcionado por el PSOE o por IU, fácilmente distinguible por llevar la leyenda “2012”, lo hace a unas de estas dos formaciones políticas, del mismo modo que se puede decir que lo hace al PP quien lleve su papeleta dentro de uno de los sobres proporcionados por el PP, también fácilmente distinguible por ajustarse en el texto a las exigencias oficiales. Ni UPyD ni PA han proporcionado sobres de votación.

Es preciso que a lo largo del día la Junta Electoral Provincial se pronuncie sobre esta insólita situación. De no hacerlo, preparémonos para vivir una larga noche de impugnaciones, deliberaciones y consultas por partes de los componentes de las mesas electorales y de los apoderados de los partidos políticos.

2 comentarios:

  1. Ya se ha pronunciado. Hay una instrucción del día de ayer: valen los dos sobres

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  2. Los MARXISTAS HAN VULNERADO SU PROPIO DECRETO, ésto es inconcebible, RESPONSABILIDADES DE INHABILITACIÓN a sus promotores.

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