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Ana Julia Quezada, culpable de asesinato con alevosía


Javier Pajarón
Periodista

Ana Julia Quezada asesinó a Gabriel Cruz Ramírez de manera "voluntaria, sorpresiva y repentina, sin posibilidad de defensa ni de reacción por parte del niño" aquel 27 de febrero de 2018 en la finca de Rodalquilar (Níjar).

El veredicto del jurado popular declara a la acusada culpable de un delito de asesinato con alevosía, agravado por la relación de parentesco, y la aboca a la prisión permanente revisable. Será la primera mujer en España condenada a cadena perpetua tras la reforma del Código Penal de 2015.

Asesinato con alevosía

El portavoz del jurado leyó el veredicto a las 18.30 horas del jueves tras un día y medio de deliberaciones. El fallo, alcanzado por unanimidad, confirma la intención de Quezada de matar al pequeño Gabriel y la incapacidad del pequeño para defenderse de una agresión llegada desde su entorno familiar. 

Sin embargo, desestima la existencia del ensañamiento, en contra del criterio marcado por la acusación particular. La representación de los padres Ángel Cruz y Patricia Ramírez presentó un informe médico para intentar demostrar que Ana Julia Quezada golpeó a la víctima repetidamente antes de asfixiarlo, entre 45 y 90 minutos después. "Aumentó de forma deliberada, inhumana e innecesaria el dolor y el sufrimiento de Gabriel", según el párrafo extraído del objeto de veredicto.

Ahora bien, los nueve miembros del jurado popular no dan credibilidad a la propuesta de la acusación particular y, como ya anunciara la fiscal Elena Fernández Lora, estiman que solo existió alevosía. Dicho de otro modo, el niño sufrió un ataque violento sin posibilidad de defensa, pero no sufrió más de una hora de agonía. Queda probado.

La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). En cualquier caso, la magistrada Alejandra Dodero y los miembros del jurado popular realizaron un esfuerzo adicional para cumplir con los requisitos técnicos del veredicto e impedir errores que puedan tener recorrido legal en la apelación al TSJA.

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