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La tasa del Ayuntamiento de Albox al Consorcio de Basuras

Indalecio Modesto Alonso
Portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora

➤➤Siempre dije NO desde la Vicepresidencia del Consorcio a esta tasa que quería imponer el Ayuntamiento de Albox, que comenzó a cobrar, porque era insolidaria e injusta con el resto de la comarca. El resto de municipios se verían avocados a pagar dos veces por el mismo servicio. Cosa ilógica. Llegué a tacharla con el nombre de impuesto revolucionario, cosa que fue de forma metafórica aunque sentó mal al consistorio de Albox, pero que por otro lado está en su derecho de pedir por los intereses de sus vecinos. Quizá no fue la mejor palabra, pero repito, era en sentido metafórico.

Oficinas del Consorcio en Albox

La sentencia nº 285, con fecha 20 de febrero de 2018, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, estima el recurso interpuesto por el Consorcio Almanzora Levante Vélez para la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos y agrícolas contra la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de depósitos o vertederos controlados para el depósito de residuos en el término municipal de Albox, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería el día 27 de enero de 2014. Ordenanza que se anula al no ser conforme a Derecho.

De esta manera, la justicia otorga la razón al consorcio que gestiona los residuos de 45 municipios ya que entiende en su razonamiento jurídico que la tasa aprobada por el Ayuntamiento de Albox, de 12 euros por tonelada de basura, no se ajusta a la ley. Según la sentencia a la que ha tenido acceso el medio de comunicación La Comarca, la decisión del tribunal certifica que el Ayuntamiento de Albox no tiene competencias para fijar esa tasa, que los vecinos no pueden pagar dos veces por el mismo servicio (hay doble imposición, porque la tasa grava un servicio público general ya cubierto con otros tributos) y finalmente entiende que existe una infracción de normas esenciales del procedimiento, por falta de informe técnico-económico, en el que se ponga de manifiesto el valor de mercado o la previsible cobertura del coste, y falta de memoria económico financiera.

De este modo, y ante la posibilidad de realizar un recurso de casación, el Ayuntamiento de Albox una vez que el Consorcio pida la ejecución de la sentencia deberá devolver alrededor de medio millón de euros al ente supramunicipal, toda vez que desde hace algo más de un año esta entidad viene ingresando unos 90.000 euros mensuales. Todo el dinero ingresado por el Ayuntamiento de Albox debe ser devuelto con intereses y costas, según las fuentes consultadas.

Me ha quedado mucho trabajo por hacer desde la Vicepresidencia, pero hay quien ha perdido un ojo, para que yo pierda los dos.

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