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El traslado del Pingurucho: empecinamiento en un error municipal


Gerardo Roger Fernández
Arquitecto, urbanista, exdirector del Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Almería de 1982 a 1990 y director del Equipo multiprofesional redactor del Plan General de 1986

⏩⏩ Si se me permite una consideración personal, sigo sin entender ni un ápice la posición del equipo de Gobierno municipal en su empeño casi patológico, injustificado e injustificable de “desterrar” de nuestra Plaza Vieja el monumento civil más representativo de las mejores aspiraciones de todos los almerienses por la libertad, de “exiliar” del lugar urbano más representativo de la ciudadanía y de sus ideales democráticos.


Sigo sin entender, tanto en términos intelectuales como políticos, cómo es posible que unos sedicentes representantes de la ciudadanía desprecian un escenario urbano de altísimo y singular valor histórico, arquitectónico, urbanístico y social como es el de nuestra Plaza Vieja, un espacio urbano conformado desde hace más de un siglo por las relevantes arquitecturas que lo configuran, con el acogedor arbolado centenario que lo rodea y le confiere sombra y vida verde a sus vecinos y con la incorporación del Monumento a los Mártires de la Libertad, reflejo del sentir almeriense contra las tiranías antidemocráticas, monumento sólo desterrado desde entonces durante la dictadura franquista, precisamente tras la adopción de una decisión tiránica y antidemocrática enmendada, al fin, en 1988 por la restaurada democracia ciudadana, decisión adoptada significativamente y sin ningún voto en contra por sus representantes municipales.
La decisión comporta un doble disparate, tanto en términos urbanísticos y arquitectónicos como jurídicos y legales
Pues si la triste y lamentable decisión de la aprobación del desmantelamiento de la Plaza y el consecuente “destierro” del Pingurucho de nuestra “plaza del pueblo” ha sido adoptada actual y recientemente por una exigua mayoría de concejales (Partido Popular y un exconcejal de Vox), se pretende completar ahora el drama escénico iniciado  con la vertiginosa decisión adoptada a los pocos días de la aprobación del desmantelamiento con el desmontaje y traslado del Monumento al Parque Nicolás Salmerón, decisión que en mi opinión comporta un doble disparate, tanto en términos urbanísticos y arquitectónicos como jurídicos y legales. Pasemos a analizarlos, aún de manera somera.

De hecho, el presunto traslado al Parque Nicolás Salmerón se pretende justificar en la aplicación de unos principios básicos de ordenación urbanística a la implantación de elementos escultóricos relevantes en concretos espacios urbanos, como son “la convivencia y el diálogo armónico con el entorno”, la apreciación de su “cualidad arquitectónica”, la comprensión completa de “su inmensidad y su relación con el espacio que lo rodea”, entre otras disquisiciones academicistas al uso. 
Tanto el Pingurucho como la constitución arquitectónica de la Plaza responden al mismo estilo Neoclásico, único y singular espacio almeriense que responde a ese estilo
Pues bien, precisamente esos criterios se satisfacen totalmente en el actual emplazamiento del Pingurucho en la Plaza Vieja. Es en ella donde el monumento se aprecia tanto en “su inmensidad” como en su “cualidad arquitectónica” al estar insertado en un espacio acotado que lo abraza y acoge de manera amable y, sobre todo, donde se produce un “diálogo armónico con su entorno”, pues tanto el Pingurucho como la constitución arquitectónica de la Plaza responden al mismo estilo Neoclásico, único y singular espacio almeriense que responde a ese estilo, circunstancia más que suficiente para mantener la coexistencia del monumento en la misma.

Sin embargo, su pretendido emplazamiento en el parque Nicolás Salmerón, un espacio abierto y exento de edificación en su entorno, salvo la proximidad del Gran Hotel, le hace perder su dimensión escalar y banaliza la trascendencia monumental e histórica que lo caracteriza al ser percebible desde todos sus límites y, sobre todo, anula el “diálogo armónico con su entorno”, a no ser que lo que se pretenda es ofrecer un “diálogo de besugos” con el Gran Hotel. En cualquier caso, un emplazamiento absolutamente inadecuado para el Pingurucho y, sobre todo, en comparación con su actual e histórica localización en nuestra Plaza Vieja.

Pero si urbanísticamente es un disparate, peor es su consideración jurídica. No resulta admisible desde ningún punto de vista legal adoptar una decisión de la trascendencia jurídico-urbanística del traslado del Pingurucho al Parque Nicolás Salmerón apoyada en un mero informe de un arquitecto municipal que acompaña al anuncio de la Concejala de Urbanismo relativo al Concurso Menor de proyectos técnicos de desmontaje, montaje y traslado del monumento.   

Sorprende enormemente que el Ayuntamiento prescinda de la aplicación de los procedimientos legales preceptivos en la implantación de un monumento de la relevancia del Pingurucho en un Espacio Protegido como es el Parque Nicolás Salmerón, integrado en el Catálogo de Elementos Protegidos del Plan General con categoría análoga a la Plaza Vieja, actuación urbana que según el documento de contrato menor objeto de licitación comporta, nada más y nada menos que la “remodelación  la zona del Parque Nicolás Salmerón …, incluyendo el entorno próximo y todos los elementos urbanos y vegetación que se vean afectados” sin que se proceda a realizar una modificación del plan (análoga a la infausta, en mi opinión, modificación de la Plaza Vieja) o a la formulación de un Plan Especial (artículo 14.1,b) de la ley andaluza). No se acaba de entender que si para la eliminación (lamentable) del anillo de árboles existentes en la Plaza Vieja se acometa una modificación de Plan y ahora, para llevar a cabo una remodelación de un ámbito del Parque de la trascendencia y cualificación que esta presenta, se pretenda solventar con un mero informe de un arquitecto municipal.

En resumen, no se puede soslayar la aplicación legal a la modificación que se pretende con el traslado  del Pingurucho al Parque Nicolás Salmerón, obviándose, además, la formulación de los estudios sectoriales básicos de Evaluación Ambiental, de Integración de Paisaje, de Memoria de Viabilidad, entre otros, y sobre todo, no se puede hurtar el escrutinio público y la participación social que comporta la tramitación de la modificación de planeamiento preceptiva ante una decisión municipal de tanta trascendencia como la pretendida.

En fin, ojalá los responsables del urbanismo almeriense recapaciten y reconsideren la errónea posición que vienen adoptando. La mayoría de los almerienses lo agradeceríamos.

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