La exclusiva que La Opinión de Almería
adelantó el pasado 27 de marzo a través de su cuenta en X se confirma: Gloria
Camila Ortega ha dado instrucciones a su abogado para que analice con detalle
la intervención de Manuel Cortés en el programa ¡De Viernes! de
Telecinco, con el fin de determinar si existe motivo suficiente para presentar
una querella por lesión de su derecho al honor y a la intimidad.

Gloria Camila Ortega, en 'El tiempo justo' / Telecinco
En dicha entrevista, el hijo de Chiquetete y Raquel Bollo afirmó haber
mantenido “mínimo desde hace siete u ocho años” relaciones íntimas con Gloria
Camila Ortega, incluso en periodos en los que ella mantenía otras relaciones
sentimentales estables. Unas declaraciones que, hasta la fecha, ninguno de los
dos había realizado públicamente, ya que ambos habían limitado su relación al
ámbito de una supuesta amistad personal.
Estas revelaciones, efectuadas en un programa de prime time de
Telecinco tras recibir, presumiblemente, una importante remuneración económica,
podrían ser constitutivas de un atentado al honor. Revelar detalles de la vida
íntima de una persona sin su consentimiento, especialmente cuando no existe un
interés público que lo justifique, entra de lleno en el terreno de las posibles
vulneraciones de los derechos fundamentales protegidos por la Constitución.
Gloria Camila Ortega no ha tardado en reaccionar. En El tiempo justo ha corroborado
que el asunto ya está “en manos de sus abogados”, dejando entrever que no
descarta acciones legales. Y es que la demandante tiene muchas
posibilidades de que su querella prospere. Los jueces españoles suelen ser
especialmente cuidadosos en la protección del derecho al honor, incluso cuando
se trata de personajes públicos. La jurisprudencia es abundante al respecto y
tiende a primar la intimidad sobre el derecho a la información cuando esta se
ejerce de forma sensacionalista y sin un interés general legítimo.
Un claro paralelismo se encuentra en el caso de Pipi Estrada. En su
día, el colaborador fue condenado por el Tribunal Supremo a indemnizar con
60.000 euros a Terelu Campos por revelar en un libro detalles de sus relaciones
íntimas cuando eran pareja. La justicia consideró que aquellas narraciones
vulneraban el honor y la intimidad de la hija de María Teresa Campos,
estableciendo un importante precedente sobre los límites de la libertad de
expresión en asuntos de la esfera privada.
En este caso, tampoco parece existir motivo alguno que justifique la
reacción de Manuel Cortés. Gloria Camila Ortega nunca se ha referido a él de
forma descortés ni ha vertido declaraciones públicas que pudieran herir su
imagen. Por el contrario, la reacción del hijo de Raquel Bollo puede
interpretarse, en primer lugar, por el beneficio económico derivado de su
participación en ¡De Viernes!, y en
segundo lugar, por un exacerbado sentido del “amor propio” que, al parecer, se
habría visto lesionado al comprobar cómo Gloria Camila ensalzaba públicamente
las cualidades artísticas de su actual novio, Álvaro García.
No parece, por tanto, una defensa legítima de la verdad, sino más bien
una respuesta motivada por despecho o interés. Revelar supuestas infidelidades
o detalles de la intimidad ajena no constituye un ejercicio de libertad de
expresión, sino un posible exceso que la justicia deberá valorar.
Queda ahora por ver si Manuel Cortés y Gloria Camila terminan viéndose las caras en los juzgados. De momento, la exclusiva de La Opinión de Almería ha sido ratificada por los propios hechos y por la propia interesada. El derecho al honor, una vez más, se sitúa en el centro del debate mediático.

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