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Los testamentos de Rocío Jurado

Tania Artajo
@opinionalmeria

A lo largo de su vida una persona puede testar cuantas veces quiera, es decir, puede hacer los testamentos que desee. Pero el que tiene validez es el último, porque es éste el que recoge “la última voluntad”. Cuando se afirma que una persona “ha modificado el testamento” no es correcto, pues en realidad un testamento no se modifica, sino que se realiza uno nuevo.

Rosa Benito, que "yo estaba allí", asegura que no hay ningún testamento anterior y confunde la fecha de la última voluntad, como se puede observar en este tuit

Los testamentos se pueden realizar de muchas formas, pero la manera más habitual y la que da más seguridad jurídica es la efectuada ante notario. Cuando muere una persona, los herederos pueden pedir el “Certificado de Últimas Voluntades”, transcurridos al menos quince días desde la fecha del fallecimiento, al Ministerio de Justicia, que proporcionará un certificado indicando los datos del notario ante el que se manifestó la última voluntad del fallecido. 

¿Cuántos testamentos hizo Rocío Jurado a lo largo de su vida? Hasta ahora se creía que uno solo, el que públicamente se conoce y que es sobre el que se hizo el cuaderno de participaciones. Rosa Benito, que asegura conocer al milímetro la vida y obra de Rocío Jurado porque ella “estaba allí”, en su programa “Ya es mediodía” ha mostrado su indignación cuando alguien ha sugerido la existencia de un testamento anterior al conocido. “A mí no me consta que hubiera otro testamento". Incluso llega a afirmar que “mi cuñada Gloria, que yo sepa, no estaba en otro testamento". 

La emisión del documental “En el nombre de Rocío” puede desvelar que Rosa Benito no tiene razón, porque, efectivamente, previamente al testamento conocido la cantante hizo otro que, obviamente, quedó anulado por el último. ¿Cuándo se firmó este anterior testamento y cómo disponía Rocío Jurado de sus bienes? Esto es lo que nos desvelará Rocío Carrasco el viernes. Manifiesta la periodista Rosa Villacastín, que ha expuesto en reiteradas veces su poca empatía con Rocío Carrasco, que esto carece de importancia, pues el único testamento que vale es el último. Esto último es así, el último es el que vale, pero sí tiene importancia. Porque, si se conoce el contenido de ese testamento, se pueden aclarar muchas cosas sobre el enfrentamiento que Rocío Carrasco tiene con su familia mediática. Por lo pronto, se sabe que los albaceas de uno y otro testamento son distintos. En el desconocido, la albacea era la hermana de La Más Grande, Gloria Mohedano. En el último, la abogada Ana Iglesias. Este cambio lo justifica la familia mediática diciendo que es debido a la incompatibilidad de la hermana de Rocío de ser albacea y beneficiaria a la vez. No es cierto, se puede ser una y otra cosa. La realidad es que Rocío Jurado dejó de encomendar la labor de albacea a su hermana. La figura del albacea es muy importante. Por no ser reiterativos, se puede consultar en Google. 

Otra cuestión para dilucidar la importancia de ese anterior testamento es conocer cómo había dispuesto Rocío Jurado el reparto de sus bienes. Del nuevo testamento, este reparto lo conocemos; del anterior, no. Y aquí es donde pueden saltar muchas sorpresas. Ahorramos especulaciones porque la realidad a día de hoy no la conoce nadie más que Rocío Carrasco y la productora de la docuserie. Pero el viernes se sabrá todo. De lo expuesto públicamente por la hija de la chipionera, se puede deducir que su madre realizó cambios importantes en su voluntad. No podemos decir más. 

El último testamento de Rocío Jurado se firmó el 17 de septiembre de 2004. Un año después, la abogada de Rocío Jurado y albacea reunió en ‘Montealto’, el chalé de La Moraleja, a la familia.  José Ortega Cano, que aún vivía en la casa, recibió a Rocío -que llegó acompañada del entonces su novio, Fidel, que no se quedó a la reunión familiar-, a los hermanos de la cantante,  Amador y Gloria, y también a sus cónyuges, Rosa Benito y José Antonio Rodríguez. Obviamos los detalles de la tensión de la reunión porque son de sobra conocidos. 

Conforme a la legislación aplicable en Madrid –como en la mayoría del Estado español- el testador tiene la obligación de dejar un tercio de sus bienes a sus hijos (en este caso, Rocío, José Fernando y Gloria Camila). Otro tercio, llamado el de mejora, sería para beneficiar a un hijo o nieto o también para repartir a partes iguales entre los hijos. Rocío concedió este tercio a su hija mayor. El tercio restante es el denominado “de libre disposición”. 

En su testamento, Rocío dispuso que la casa de La Moraleja se vendiera antes de un año y que los beneficios se repartan entre sus tres hijos a partes iguales. A su hermana Gloria le dejó la casa de Chipiona. La finca ‘Los Naranjos’ fue para Amador y Gloria, y también a él le dejó una nave industrial. A su ahijado Fernando, hijo de Amador, le legó otra nave industrial y a Juan de la Rosa, su amigo y secretario, un chalé adosado en Chipiona y algunas joyas. La heredera universal fue su hija mayor, Rocío Carrasco, a quien concedió, además del tercio del chalé familiar, un apartamento en Miami, la mitad de otro que compró con Ortega Cano, una finca entre Chipiona y Rota y todas sus joyas y pertenencias. Además, de todos los derechos artísticos. A sus nietos, en este último testamento, no les dejó nada. Y a Ortega Cano, tampoco. Nos ahorramos las especulaciones sobre si en el anterior testamento también fue así.

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