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Todos los interrogantes sobre El Algarrobico... y algunos más

Iván Gómez
Jefe de Local de Diario de Almería

El desenlace de la que parecía crónica de una muerte anunciada se está haciendo esperar. Hace tan sólo unos días se cumplieron once años del inicio y ocho de la paralización cautelar de las obras de la mole de 22 plantas y 65.000 metros cúbicos de hormigón por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Almería al entender que invadía la servidumbre de protección establecida en la Ley de Costas y estaba situado en una zona no urbanizable en pleno corazón del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

El Algarrobico
Lo que iba a ser un derribo inminente, auspiciado por los ecologistas con el beneplácito de la exministra Cristina Narbona, que en su día fue diputada por Almería e íntima amiga del exalcalde de Carboneras, se ha convertido en una larga odisea jurídica con rapsodias en el Supremo, Constitucional, Audiencia Nacional y Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). A pesar de que la mercantil madrileña Azata del Sol y el Ayuntamiento de Carboneras se han llevado ya una docena de varapalos judiciales, todavía no se ha escrito el último capítulo sobre un mamotreto que si bien fue catalogado como el símbolo de la destrucción del litoral también podría serlo de la lentitud de la justicia.

El fallo sobre la licencia municipal que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA dará a conocer en los próximos días podría ser la estocada definitiva que las organizaciones conservacionistas anhelan desde hace años, pero todo apunta a que la sentencia abrirá nuevas posibilidades de defensa a la promotora y al consistorio almeriense. Como ya vislumbró el ministro Arias Cañete poco después de acceder al departamento que llegó a negociar la expropiación, el hotel del Algarrobico tiene por delante un “largo recorrido jurídico” que probablemente vaya más allá de la ponencia del magistrado Rafael Toledano Cantero. La demolición, ya planificada y presupuestada por Gobierno y Junta, dependerá de la contundencia y argumentos de la sentencia del alto tribunal andaluz, aunque las partes en litigio no esperan precisamente un fallo que ponga fin a la dilatada pugna judicial.

Si el TSJA determina que la licencia por la que se autorizó la construcción de un hotel de cuatro estrellas a principios de 2003 es nula de pleno derecho, tanto la mercantil como el Ayuntamiento presentarán un recurso en el Supremo, lo que podría demorar la resolución final en torno a cinco años. Y si el tribunal con sede en Granada decide que hay que revisar la licencia municipal, el proceso podría retrotraerse al comienzo porque los técnicos del Ayuntamiento de Carboneras volverían a validarla previo paso por el Consejo Consultivo de Andalucía. Y es que el letrado del consistorio argumentó en la audiencia pública del 14 de enero que no había motivos para no conceder la autorización de obras y así lo defiende su actual alcalde, Salvador Hernández (PP), quien no se plantea tirar la toalla y recurrirá todo lo recurrible.

El director de Azata, José Rodríguez, también defiende la legalidad de la mole al estilo de Benidorm y presentó ante los magistrados toda la documentación que avala que todos los errores urbanísticos y responsabilidades, al menos los que se han ido evidenciando en forma de sentencias de los diferentes tribunales, son previos a su adquisición de la finca en 1999 y competen a las administraciones públicas que su consentimiento a un Plan Parcial que se remonta al 26 de mayo de 1988. Casi 20 años de bendiciones antes de que el juez almeriense Jesús Rivera diera al traste con un proyecto turístico de Junta y Ayuntamiento que no se quedaba en el Algarrobico (R-5) y contemplaba en los sectores colindantes (R-6 El Canillar y R-7 La Galera) otros seis hoteles, 2.000 viviendas y un campo de golf.

A pesar de ser la última causa judicial relevante, de las cinco pendientes  relacionadas con la ordenación del territorio (PGOU de Carboneras, POTLA, PORN del parque natural de Cabo de Gata), la sentencia del TSJA no permitirá despejar algunas de las incógnitas sobre los verdaderos responsables de programar, a toda costa y sin ningún reparo medioambiental, una actuación urbanística para una zona de secano, un paraíso de naturaleza volcánica, a través del llamado Plan para el Desarrollo Turístico del Litoral Andaluz en 1985. ¿Por qué se aprobó una subvención cercana a los 77 millones de pesetas a una sociedad participada por la administración andaluza antes de ser constituida? ¿Por qué la Comisión Provincial de Urbanismo ninguneó el informe del ingeniero topográfico que incidía en que era un área natural de interés general? ¿Por qué se omitieron hasta 19 avisos y notificaciones oficiales alertando de los incumplimientos a la Ley de Costas? 

¿Por qué se entierra la documentación desfavorable de Costas en 1997 y se le aplica una servidumbre de protección de 50 metros? ¿Por qué siendo la parcela urbanizable antes de que se aprobara la ordenación del parque natural su primera inscripción es como C1 (incompatible con el uso urbanístico) cuando se aprueba el PORN? ¿Por qué meses después se vuelve a calificar como D2 (urbanizable) sin seguir los cauces pertinentes ni publicarse en BOJA? ¿Por qué se dispara la edificabilidad de los terrenos hasta los 72.523 metros cuadrados días antes de ser comprados por la mercantil? ¿Por qué cuando la sociedad Río Alías vende la parcela a Azata la Consejería de Medio Ambiente hace constar en el Registro de la Propiedad que no se muestra interesada en ejercitar los derechos de tanteo y retracto que posteriormente reclamó en la justicia? ¿Por qué el juez que paralizó cautelarmente las obras denunció presiones de la magistratura?Demasiados interrogantes que probablemente seguirán sin respuesta cuando se acabe un proceso judicial que se eterniza en el tiempo. Lo único claro a estas alturas es que no se depurarán las responsabilidades y que el hotel sólo se podrá derribar cuando no exista ningún impedimento jurídico.

Incógnitas sin despejar 

Registro de la Propiedad. De 18 a 150 millones de pesetas. Finca número 7.905 en el Registro de la Propiedad. Adquirida por la Mercantil Río Alías el 15 de marzo de 1995 por 18 millones de pesetas a Isabel Giménez. Fue vendida por 120 millones de pesetas a la compañía mercantil Parque Club El Algarrobico en octubre de 1995. Fue adquirida por 150 millones de pesetas por Azata del Sol el 23 de agosto de 1999. Proyecto de Compensación del Plan Parcial del Sector Urbanizable ST-1, antes R-5, en el paraje de El Algarrobico

Primer incentivo a Parque Club El Algarrobico. Cuatro años antes de que Azata del Sol se hiciera con la propiedad de los terrenos, la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales, a través del gobierno andaluz, aprobó una subvención de 76,7 millones de pesetas para el proyecto Parque Club El Algarrobico para el que se anunció una inversión de más de 426 millones y la creación de más de 130 puestos de trabajo en Carboneras. Curiosamente, la sociedad limitada que iba a poner en marcha un ambicioso proyecto turístico para la comarca no se constituye  hasta el 17 de octubre de 1995, meses después de que se aprobara la ayuda del Ministerio de Economía (BOE número 75, marzo de 1995).

Aprobación de costas. Dominio público. La finca rústica llamada El Algarrobico, en el término municipal de Carboneras, compuesta por  tierra y secano, de cabida una hectárea, cuarenta y dos áreas, noventa centiáreas, igual a 14.290 metros cuadrados. Certificación del 25 de junio de 1996 del Jefe del Servicio Provincial de Costas de Almería, Antonio Bayo Martínez, en la que se hace constar que la finca de este número no invade el dominio público marítimo-terrestre. Se encuentra sometida a la servidumbre de protección establecida en la Ley 22/1988, de 28 de julio. Autorizada por la Dirección General de Costas la realización de oficio por el Servicio Provincial de Costas del deslinde de dominio público marítimo-terrestre en diciembre de 1997.

Subvención del Ministerio de Economía. Interés público. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos acordó el 28 de febrero de 2002 conceder una serie de incentivos regionales, a propuesta del Ministerio de Economía, para fomentar iniciativas empresariales. Azata del Sol recibió de Economía 2,8 millones de euros, que representaban el 10% de su inversión total (28,47 millones), y anunciaba la creación de 102 empleos directos.

Luz verde municipal. Licencia de obras. La comisión de gobierno del Ayuntamiento de Carboneras otorga el 13 de enero de 2003 la licencia de obras para la construcción del hotel en la playa de El Algarrobico a la promotora Azata del Sol y confirma la inadmisión a trámite de las solicitudes de revisión de oficio de la licencia de obras formuladas por la Federación Provincial de Ecologistas en Acción, Salvemos Mojácar y la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

Sin plazo de ejecución. No se revisa el plan parcial. Se incumplen los plazos para la ejecución de obras de urbanización establecidos en el propio plan parcial y normas subsidiarias de Carboneras que obligaban a la revisión una vez transcurridos seis años desde su aprobación definitiva si no se hubiera actuado sobre los terrenos. El Ayuntamiento debió proceder a la revisión del Plan Parcial del Sector S-T1 para adaptarlo a las previsiones de la Ley de Costas. La corporación local tenía perfecto conocimiento, según la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo de Almería, de que hace ya veinte años la zona de servidumbre de protección era de 100 metros, tal y como reiteró el Servicio de Costas a Azata.

Cambio de planimetría. Desidia y prevaricación. La Junta tampoco adaptó el Plan Parcial a la Ley de Costas, mostrando una actitud pasiva y condescendiente con las infracciones y permitiendo el inicio de la construcción del hotel. “Dicha imprescriptibilidad de la servidumbre de protección y la extensión de su zona -cien metros- compele ineluctablemente a la administración andaluza a una expropiación y ulterior demolición de lo construido”, según la sentencia del juez Rivera. El Sector S-T1 se encuentra en espacio protegido no urbanizable, como recoge la planimetría oficial del PORN de Cabo de Gata-Níjar de 1994. Según la sentencia del Contencioso-Administrativo nº 2 de Almería, la Junta intentó, con la pretensión de adaptar el PORN a las normas subsidiarias, modificar la planimetría oficial sin someterla a procedimiento alguno. El Jefe de Planificación de la Red de Espacios Naturales Protegidos procedió a su rectificación el 11 de marzo de 2008 por “vía de hecho”. La Junta  aseguró que en el PORN se le atribuyó por error la categoría de suelo incompatible con ser terreno urbanizable, sin respetar derechos legítimamente adquiridos con anterioridad.

Informe topográfico que elude la Junta. Las administraciones habían respaldado hasta entonces el proyecto del hotel a pesar de que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque calificó los terrenos como protegidos desde 1994 y de que en 1988 la Ley de Costas aumentaba a 100 metros la zona de servidumbre, que antes era de 20 metros. La Comisión Provincial de Urbanismo en la sesión de 26 de mayo de 1988 aprobó el Plan Parcial del terreno, siendo publicada la aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia del 4 de agosto. Hay un informe del ingeniero técnico en Topografía, Ernesto Ledesma Mellado, asegurando que en la zona que se está construyendo el complejo hotelero se encuentro en un “área natural de interés general” y se invade la zona de servidumbre. La tesis de la administración andaluza es que la servidumbre de protección es de 50 metros, en base al artículo 21 del Plan Especial del Medio Físico de Almería, contraria a la Ley de Costas.

Treinta años de tramitación

1985. La Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Carboneras (PSOE) inician la programación de una actuación urbanística dentro del llamado Plan Para el Desarrollo Turístico del Litoral Andaluz.

14 de julio de 1987. Aprobación Definitiva de las Normas Subsidiarias del Término Municipal de Carboneras, en las que queda identificado y demarcado el sector. Al mes se publica en BOP.

26 de mayo de 1988. Aprobación Definitiva por la Comisión Provincial de Urbanismo del Plan Parcial. La inicial se remonta a diciembre de 1987.

15 de julio de 1988. Aprobación Inicial del Proyecto de Urbanización del Sector, por parte de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

10 de junio de 1992. Se aprueba el Avance de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Carboneras cambiando el nombre del sector de R-5 a S-T1 manteniendo sus características.

22 de diciembre de 1994. Se publica en el Boletín Oficial de la Junta el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar quedando englobado el Sector ST1 en su ámbito.

9 de noviembre de 1995. La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ratifica la calificación urbanística del sector.

21 de marzo de 1997. Aprobación Definitiva del Proyecto de Bases y Estatutos del Sector por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería.

24 de abril de 1997. La Consejería de Medio Ambiente informa a los anteriores propietarios de los terrenos de que estos se encuentran en Suelo Calificado Urbanísticamente, no teniendo esa administración ambiental competencias en razón a su inclusión dentro del ámbito del Parque Natural.

29 de octubre de 1997. Aprobación Definitiva del Proyecto de Urbanización por parte de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería.

Diciembre de 1997. Aprobación por la Junta de Andalucía del sector Algarrobico como zona D2 (área urbanizable) a la que pasó de C1.

28 de enero de 1998. Aprobación Definitiva de la Revisión de Normas Subsidiarias, iniciada en 1992, con el correspondiente informe positivo por parte de la Dirección General de Costas en relación al cumplimiento de la Legislación de Costas.

3 de febrero de 1998. El consistorio carbonero certifica el suelo del hotel como urbanizable.

3 de marzo de 1998. La Dirección Provincial de Costas informaba como Límite Interior de Servidumbre de Protección en el S-T1 a una distancia de 20 metros de la Zona de Dominio Público Marítimo-Terrestre. En otros informes, coherentemente, el Servicio Provincial de Costas de Almería informaba en el mismo sentido respecto a la anchura de la zona de servidumbre en el sector ST1.

16 de marzo de 1998. La Junta autoriza el uso de la zona de servidumbre, de 20 metros de ancho, para la construcción de un camping de 1ª categoría en Suelo Urbanizable a los propietarios.

10 de julio de 2001. Aprobación Definitiva del Proyecto de Compensación del Sector, por el Ayuntamiento de Carboneras. Dado que se trata de zona urbana el expediente fue tramitado con normalidad y obtuvo los informes favorables y preceptivos de las administraciones pertinentes: Turismo, Sanidad y Medio Ambiente.

13 de enero de 2003. Concesión de la Licencia Municipal para la construcción de un Hotel de 4 estrellas con restaurante por el Ayuntamiento de Carboneras.

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