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El Plan de Pago a Proveedores y la deuda de la Junta de Andalucía

Emilio Ruiz

El Plan de Pagos a Proveedores (PPP), el instrumento financiero y administrativo puesto en marcha por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para saldar la deuda que las corporaciones locales y las comunidades autónomas mantienen con sus proveedores, ha cubierto su primera etapa. 611 grandes y medianas empresas, 67.768 pymes y 36.904 autónomos han recibido en sus cuentas –o en las cuentas de las propias entidades financieras, en los casos en los que el crédito se les hubiera cedido- la cantidad de 9.263 millones de euros, que corresponden al abono de más de 1,7 millones de facturas de 3.774 entidades locales. En la provincia de Almería, la deuda saldada asciende a 252 millones de euros, que se repartirán 116 grandes y medianas empresas, 1.719 pymes y 749 autónomos. Los ayuntamientos acogidos en la provincia han sido 78, de los que 55 han pasado el examen de aprobación de su plan de ajuste  firma del crédito y 23 han hecho o están haciendo retoques. La buena noticia para estos ayuntamientos rezagados es que el Gobierno les ha dado un nuevo plazo, que expira el 15 de este mes, para incorporarse al sistema. Los que agoten este nuevo plazo sin aprobar su plan de ajuste y/o el correspondiente préstamo bancario serán sometidos a una severa medida de restricción de transferencias de fondos estatales, que en algunos casos pueden verse reducidas a la mitad. Los proveedores afectados por estos ayuntamientos recibirán igualmente el importe de sus deudas.

Andalucía: 2.763 millones de euros
Con ser importante este volumen de liquidez que se ha inyectado en las empresas españolas, la mayor parte del Plan no es la que se ha hecho efectiva, sino la que se va a abonar a final de mes. Corresponde al pago de las deudas de las comunidades autónomas. Estamos hablando de una operación que proporcionará liquidez a empresas, autónomos y entidades financieras por importe de otros 16.980 millones de euros. En el caso de Andalucía, las cifras también producen vértigo: se pagarán 772.753 facturas por un importe de 2.763,3 millones de euros a 5.107 proveedores, de los que 1.170 son autónomos o empresas unipersonales.

¿Se pone el contador a cero?
Es la pregunta más frecuente que se hace estos días: ¿una vez que el PPP culmine todo el proceso, se pone a cero el contador de deudas tanto de las corporaciones locales como de las comunidades autónomas? La respuesta es no. Y las razones, varias.

En primer lugar, el PPP liquida deudas de facturas entregadas en los registros oficiales antes del día 1 de enero de 2012. Las facturas entregadas durante este año no entran en el sistema. Siguen el proceso habitual de pagos. Este proceso, en algunos casos, puede suponer nueva acumulación de deudas.

En segundo lugar, el PPP no atiende todas las deudas. Quedan fuera las que se mantienen con empresas de titularidad pública total o parcial. Por ejemplo, las empresas que prestan servicios de abastecimiento y saneamiento, si tienen en su accionariado una participación pública, no pueden acogerse al pago a proveedores.

El PPP no paga ni intereses ni costas judiciales
En tercer lugar, hay una circunstancia que va a suponer la postergación del sistema de facturas por importe de varios miles de millones de euros. La regulación del PPP establece que los proveedores que se acojan renuncian a reclamaciones de intereses de demora, así como a costas judiciales en los casos en que la reclamación de las deudas se hubiera llevado a los tribunales. Ante esta exigencia, muchos proveedores han optado por mantener viva la deuda y confiar su cobro a los tribunales de justicia. Obran de esta forma por una razón justificada. Imaginemos una certificación de obra del año 2005 que aún debe un ayuntamiento. El titular de la certificación la llevó en su día, para su descuento, a una entidad financiera. Durante el tiempo que ha estado sin cobrarse, el banco ha girado los oportunos intereses, que ha abonado el contratista. Estos intereses en ocasiones pueden llegar a suponer hasta el 40 por ciento del importe de la certificación. El PPP dice que sólo se abona el nominal. Respuesta: que sea la justicia la que resuelva.

Por otra parte, muchas de las deudas tienen sentencias firmes condenatorias para los ayuntamientos condenándolos a abonar tanto el principal de la deuda como los intereses de demora. No tiene sentido, salvo en casos de extrema desesperación empresarial, renunciar a esos derechos reconocidos judicialmente.

El caso de la Junta de Andalucía
Las deudas reconocidas por la Junta de Andalucía ascienden, como se ha dicho, a 2.763,3 millones de euros. ¿Son todas las que están y están todas las que son? Todas que están son, pero no están todas las que son. Y no nos referimos expresamente a las facturas generadas durante el año 2012, que, tal como hemos apuntado, quedan fuera del sistema. Nos referimos a las deudas no reconocidas por la Junta de Andalucía con el sector de obra civil, que ascienden a unos 400 millones de euros. Son deudas en muchos casos acumuladas durante varios años, pero que permanecen opacas –“guardadas en los cajones”, en expresión no excesivamente acertada- , por no haberse emitido las facturas correspondientes. Corresponden principalmente a empresas públicas: Agencia de Obra Pública de Andalucía (antes Giasa), Agencia Andaluza del Agua (antes Egmasa), etc. La práctica habitual de estas empresas era no recepcionar facturas hasta que hubiera consignación presupuestaria, a pesar de tener incluso la aprobación técnica. En un principio algunos de estos expedientes llegaron a “colgarse” en el sistema del PPP, pero tuvieron que ser retirados porque, efectivamente, sus facturas no fueron presentadas en Registro antes del día 1 de enero.

El problema ocasionado por estas deudas que se encuentran en “terreno de nadie” ya ha sido expuesto tanto a la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía como al departamento de Cristóbal Montoro. Parece que hay voluntad por buscar una solución. Ésta pasa, en primer lugar, por realizar una fiscalización de todas las certificaciones y liquidaciones de obras aprobadas técnicamente, y en segundo lugar, por incluirlas en un anexo del PPP, que aún dispone de saldo suficiente para atender estas situaciones no deseadas por los proveedores.

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