El youtuber Javi Oliveira
tendrá que indemnizar con 9.000 euros a María Rubio Sánchez, conocida como
Miare, y a su madre, Antonia Montserrat Sánchez García. La Audiencia Provincial
de Barcelona ha ratificado la condena por intromisión ilegítima en el derecho
al honor de ambas por diferentes contenidos difundidos a través de YouTube.
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| Javi Oliveira |
De la indemnización, 6.000 euros corresponden a Miare y 3.000 a su madre. Oliveira deberá además retirar los vídeos que contienen las manifestaciones consideradas difamatorias y afrontar las costas del procedimiento.
Pero la parte más llamativa de
la sentencia está en la forma de hacer pública la condena. Oliveira deberá leer
personalmente el fallo, una vez por semana durante un mes, en los distintos
canales de YouTube de los que disponga. La Audiencia descarta que pueda
limitarse al canal con mayor número de seguidores y deja claro que la lectura
debe realizarla él mismo, sin recurrir a otra persona ni a una locución
generada mediante inteligencia artificial.
La resolución analiza
numerosos calificativos denigrantes dirigidos contra Miare y su madre, pero
también determinadas insinuaciones sobre la forma en que la joven habría
conseguido trabajos profesionales. Según establece la Audiencia, las
expresiones utilizadas transmitían a los seguidores la idea de que Miare podía
obtener oportunidades laborales mediante relaciones sexuales.
El caso vuelve a marcar la
frontera entre la libertad de expresión y el derecho al honor en las redes
sociales. La crítica, incluso especialmente dura, está protegida, pero la
enorme capacidad de difusión de plataformas como YouTube no convierte cualquier
manifestación en admisible.
Resulta especialmente
significativa, por ello, la obligación de leer públicamente el fallo. Los
mismos canales utilizados para difundir los contenidos que dieron origen al
procedimiento servirán ahora para comunicar a sus seguidores el resultado
judicial.
El recorrido del caso, no obstante, podría continuar. Oliveira ha anunciado su intención de presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, la Audiencia Provincial de Barcelona confirma una condena que incluye 9.000 euros de indemnización, retirada de contenidos, costas judiciales y una obligación poco habitual: ponerse delante de la cámara y leer personalmente el fallo ante su propia audiencia.


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