Edita: Fidio (Foro Indalo de Debate, Ideas y Opinión / Twitter: @opinionalmeria / Mail: laopiniondealmeria@gmail.com

La Audiencia Provincial de Madrid rechaza el recurso de Rocío Carrasco por la pensión de su hijo

Nuria Torrente
@opinionalmeria

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha ha rechazado el recurso interpuesto por Rocío Carrasco contra la sentencia dictada el pasado mes de julio por el juez de lo Penal número 13 de Madrid por el impago de la pensión de su hijo de 200 euros euros mensuales desde enero de 2018, según informa Cristina Gallardo en El Periódico de España.

Rocío Carrasco / Telecinco

En aquella sentencia se condenaba a la hija de Rocío Jurado a una multa de 900 euros y una indemnización para David Flores de 13.200 euros. En su recurso ante la Audiencia Provincial Rocío Carrasco ha alegado vulneración de la tutela judicial efectiva y del derecho de defensa al serle denegados durante el juicio varios medios de prueba que consideraba necesarias y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, como la prestación de incapacidad que el joven percibe de la Junta de Andalucía.

La sentencia de la Audiencia Provincial, de fecha 13 de diciembre, según el citado medio, considera esas alegaciones como irrelevantes.  "Agregaba el juez de instancia -dice El Periódico de España- que la excusa de no poder abonar la pensión por tener las cuentas embargadas por la Agencia Tributaria no se ajusta a la realidad, por tener concedido un crédito cuya disposición corresponde a la condenada. Si no estaba de acuerdo con la pensión, podía solicitar al juez una modificación de las medidas, pero no dejar de pagarla. No cree la Audiencia de Madrid que estos argumentos del juez que analizó inicialmente los hechos sean incompletos, incongruentes o contradictorios. Es decir, declara que Rocío Carrasco "disponía de bienes suficientes para hacer frente a la pensión de alimentos" para su hijo, que este año cumple 25 años. No le exime de su responsabilidad de pagar la pensión el hecho de que haya consignado en el juzgado de Alcobendas que lleva el asunto la cantidad de 5.095 euros fruto de un acuerdo entre las partes".

Contra esta sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Cuando se hizo pública la sentencia del juez de lo Penal nº 13 de Madrid muchos medios informaron de que Rocío Carrasco no iba a presentar recurso alguno, dado que dicha sentencia le eximía de un año de cárcel tal como pedía el Ministerio Fiscal. Se desconoce ahora si Carrasco recurrirá ante el Alto Tribunal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario