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"Advertí al alcalde y al promotor", dice Narbona sobre El Algarrobico

Cristina Narbona
Exministra de Medio Ambiente

Cada vez que se produce alguna novedad sobre el Algarrobico aparece el recuerdo de Cristina Narbona, quien era ministra de Medio Ambiente cuando se paralizó su construcción. Narbona no se ha prodigado mucho en los medios sobre este asunto. Por eso recuperamos un artículo escrito en 2012 y publicado en El Huffington Post. Esta semana, quiera alcalde de Carboneras por aquel entonces y compañero de partido de la ministra, Cristóbal Fernández, ha declarado que Narbona paralizó la construcción del hotel por cuestiones personales. La exministra ha respondido mediante este tuit: "¿Exigir la Ley de Costas es un tema personal? Falso".

Anuncio de una concentración de
Greenpeace con el Algarrobico
El ministro Cañete ha presentado un anteproyecto de reforma de la Ley de Costas de 1988 que, de acuerdo con varios expertos, podría incluso resultar inconstitucional. Nuestra carta magna de 1978 definió de forma bastante precisa el dominio público marítimo terrestre (básicamente playas, dunas y marismas), y le otorgó un régimen de especial protección, anticipándose así a muchas otras legislaciones y a la propia Comisión Europea, en la configuración jurídica de un bien público de extraordinario valor económico, ecológico y social.

El Gobierno pretende justificar esta reforma por la "inseguridad jurídica" y los "efectos indeseables" que ha comportado la aplicación de la norma. Sin embargo, los mayores problemas -tanto de nuestro litoral como de los particulares con propiedades potencialmente afectadas por la ley- se han derivado, precisamente, de la tardanza en su desarrollo así como de su incorrecta aplicación por parte de las tres administraciones, en un contexto bastante generalizado de ausencia de directrices autonómicas de ordenación del territorio y de irregularidades urbanísticas. 

Entre 1988 y 2004 solo se aprobó el 60% del deslinde de nuestro litoral, lo que favoreció la concesión de licencias de edificación que no respetaban los limites previstos por la Ley de Costas. Un caso emblemático fue el hotel Algarrobico que, en ausencia de deslinde, comenzó su construcción con una licencia municipal amparada en la pretensión de que no ocupaba la zona de protección (los primeros 100 metros a partir del límite de la playa), por encontrarse supuestamente en suelo urbano (donde solo se restringe la construcción en los primeros 20 metros).

Desde el inicio de mi mandato como ministra de Medio Ambiente aceleré los trámites de todos los deslindes pendientes -hasta situarlos, al final de la legislatura, casi en el 90%-; y por supuesto advertí, tanto al promotor del citado hotel como al alcalde de Carboneras, de que cuando se culminara el deslinde, si se mantenía el proyecto original, parte del hotel quedaría dentro de la zona en la que la ley prohíbe cualquier edificación. El promotor siguió adelante con todas las consecuencias una vez aprobado el deslinde.

El Ministerio inició el proceso de expropiación y actualmente diversas sentencias abundan en la ilegalidad de la obra, es decir, en la exigencia de su demolición. No es necesario cambiar la Ley de Costas para evitar casos semejantes: lo que ha faltado es, en muchos casos, la voluntad política de cumplir y hacer cumplir las respectivas obligaciones administrativas.

Desde luego, la reforma anunciada no responde ni a la necesidad de proteger mejor el litoral ni a la de garantizar mayor seguridad jurídica. No protegerá mejor el litoral, porque cambia los criterios de deslinde -injustificable cuando apenas está pendiente un 5% de la costa- a favor de una reducción del dominio público y de la zona de protección: por ejemplo, excluye del dominio público determinado tipo de dunas y restringe de 100 a 20 metros la zona de protección en el caso de las rías; aumentará el uso privativo en dominio público al prolongar otros 75 años la duración de las concesiones reconocidas durante 30 años a edificaciones construidas en las playas antes de 1988... y no contribuirá a una mayor seguridad jurídica, a pesar de una lista de casos concretos que se relacionan en un anexo del anteproyecto, en los que no se aplicará la ley hasta ahora vigente. La propia selección arbitraria de esta lista suscitará incertidumbre y litigios en muchos otros supuestos análogos.

Es cierto que la deficiente gestión y la falta de consideración de la Ley de Costas (insisto, por parte de las tres administraciones) ha propiciado que desde 1988 miles de personas adquieran, en principio de buena fe, viviendas construidas en dominio público y en la zona de protección, así como que se siga construyendo (y vendiendo) casas en dichos espacios, incluso después de 1988.

Pero la respuesta no puede ser la de cambiar la ley hasta desnaturalizar por completo el objetivo de protección de un bien público establecido en la Constitución, sino como se comenzó a hacer desde 2004, analizar cada caso y sus posibles soluciones a la luz de la norma que incluso permite, en supuestos justificados, la desafección del dominio público, y por tanto, su uso privativo.

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