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La Junta rompe el concierto con el colegio Campomar de Aguadulce por separar por sexos


Juan Folío
La Opinión de Almería

El Colegio Campomar, de Aguadulce, al igual que otros once centros andaluces de educación diferenciada por sexo, ha recibido una notificación de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en la que le informa de la negativa a establecer convenio de financiación para los primeros alumnos de cada etapa educativa. La junta basa su negativa en las resoluciones del Tribunal Supremo, que avalan la tesis de que este modelo pedagógico no debe ser subvencionado con fondos públicos.


Los centros afectados son, además del colegio Campomar de Aguadulce, los colegios Torrealba de Almodóvar del Río (Córdoba), Zalima de Córdoba, Yucatal de Posada (Córdoba), El Soto de Chauchina (Granada), Nuestra Señora de Lourdes de Carmona (Sevilla), Ángela Guerrero, Albaydar, Ribamar y Altair de Sevilla capital, Elcható de Brenes (Sevilla) y el Molino Azul de Lora del Río (Sevilla).

Según la consejera de Educación, Mar Moreno, la idea es que los colegios pagados con fondos públicos sean como la inmensa mayoría, de educación mixta, “no sólo porque creamos que la educación y la escuela debe ser el reflejo de la sociedad y la convivencia entre niños y niñas, sino porque estamos cumpliendo seis sentencias del Tribunal Supremo”.

El Centro Campomar de Aguadulce está incluido en la red de EFAs (Escuelas Familiares Agrarias). Tiene como objetivo fundamental contribuir al desarrollo del medio rural mediante una educación basada en el contacto directo con el alumno y sus familias y que responde a un sentido cristiano de la vida.

La sentencia del Tribunal Supremo basa sus argumentaciones en el artículo 84 de la Ley Orgánica de Educación de 2006 relativo a la admisión de alumnos y que, de manera textual, expone que ‘las administraciones educativas regularán la admisión de alumnos en centros públicos, privados y concertados de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de padres y tutores’, precisando en su apartado tercero que ‘en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social’.

1 comentario:

  1. El Ayuntamiento no dará subvenciones a las cofradias de semana santa si no salen mantillos ( en masculino de mantillas)....

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